INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS NN, NN Y OTROS SOBRE 104 - ABUSO DE ARMAS
La Cámara de Casación confirmó la legalidad de las prisiones preventivas y de las medidas restrictivas en causas por delitos de organización ilícita y tenencia de armas, rechazando nulidades y recursos de defensas. La decisión se fundamentó en la gravedad de los hechos, riesgos procesales y protección de derechos del interés superior del niño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde confirmar la decisión de grado en cuanto no hizo lugar al pedido de auxilio judicial peticionado por la Defensa. La Defensa se agravia del rechazo de la "A quo" a su pedido de ordenar un oficio a Facebook. Ahora bien, consideramos que las decisiones jurisdiccionales tendientes a la producción o rechazo de las diligencias probatorias solicitadas por las partes, como principio general, no habilitan la vía recursiva intentada al no ser hábiles para generar un gravamen de magnitud tal que no pueda tener reparación en otra instancia del proceso. Si bien en la impugnación bajo examen la Defensa intenta demostrar que se encuentran en juego los derechos de su asistido, sus agravios no lucen actuales ni aparecen, en esta etapa del proceso, con un grado de ostensibilidad tal que amerite su admisibilidad y estudio sobre el fondo. En este sentido, si bien surge de autos la existencia de una denuncia efectuada contra el encausado por una supuesta amenaza efectuada a través de una publicación de Facebook, lo cierto es que no se advierte que el nombrado se haya presentado en este expediente o haya sido intimado de los hechos, ni tampoco se ha acreditado que la medida haya sido solicitada por la Fiscalía interviniente, ni fue argumentado el motivo por el cual, para la Defensa, sería necesario que la medida sea realizada directamente por el Juzgado. En conclusión, no vislumbrando un gravamen de imposible reparación ulterior, tal como lo exige el artículo 292 del Código Procesal Penal de la Ciudad para la procedencia de apelaciones cuya impugnabilidad no se halla expresamente declarada en el texto legal, corresponde que el remedio intentado sea declarado inadmisible.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: