1983-2023. 40 Años de Democracia - SECRETARIA GENERAL EN LO PENAL, PENAL JUVENIL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS G., M. SOBRE 149 BIS - AMENAZAS Y OTROS
La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la unificación de los expedientes por conexidad y determinó que el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 3 debe intervenir en el juicio unificado, ratificando la decisión del tribunal de origen.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde hacer lugar a la unificación, correspondiendo que intervenga respecto de ambas el Juzgado 3.
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