SECRETARÍA DE CÁMARA DE LA OF. DE GESTIÓN JUD. EN REL. DE CONSUMO - SALA CATYRENTRADAS DE METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOSSERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRREGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó el recurso directo de Metrovías S. A. contra la resolución que sancionó con multa de $90.855 por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en estaciones del subte, confirmando la legalidad del acto sancionatorio y el cumplimiento del procedimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde rechazar el planteo de incompetencia interpuesto por la empresa concesionaria del servicio metropolitano de Subterráneos contra el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA) efectuado en el marco del recurso directo intentado contra la resolución que la sancionó con una multa de noventa mil ochocientos cincuenta y cinco pesos ($90.855) tras constatarse la falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en diversas estaciones de la línea "D" de subterráneos durante unos días del mes de julio de 2018. Ello así, por cuanto resulta indiscutible el poder de policía atribuido al EURSPCABA en materia de servicios públicos para asegurar la tutela de los derechos de los usuarios y consumidores (arts. 46 y 138 de la CCABA).
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