Logo

En las presentes actuaciones, se resuelve la contienda de competencia por conexidad entre los Juzgados en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 26 y N° 10, relacionadas con hechos de violencia intrafamiliar y de género cometidos por V. G. M.

La Cámara de Casación dictaminó la declaración de conexidad entre dos causas penales por violencia de género y ordenó que ambas sean juzgadas por un único tribunal, en aras de una mejor administración de justicia.

Conexidad Violencia de genero Etapas procesales Suspension del juicio a prueba Violencia domestica Jurisdiccion y competencia Conexidad subjetiva Cuestiones de competencia Conexidad objetiva

En el caso, corresponde disponer la conexidad subjetiva y objetiva de este proceso, con el que tramitó en otro Juzgado, correspondiendo que intervenga respecto de ambas el Juzgado que previno. En efecto, en ambos legajos resulta ser imputado el encartado, las mismas víctimas (cónyuge e hija) y que se trata de una conflictiva de violencia intrafamiliar y de género. Además, en lo que concierne a los segmentos procesales en los que se encuentran atravesando las causas, ambas se hallan en igual etapa de debate, pero en diferente estado, es decir, que la causa radicada en el Juzgado al que se va a acumular se encuentra con el dictado de una suspensión del proceso a prueba, en tanto en la presente se llevó a cabo la audiencia de admisibilidad probatoria y ya en condiciones de fijar la fecha del debate. Luego, en el primero de los casos, la víctima es la hija menor del imputado, por la presunta comisión del delito de lesiones agravadas por el vínculo y el género
- ocurrido el 15/04/2019, y en el segundo caso, las víctimas son su ex pareja –por la presunta comisión del delito de amenazas simples
- y su hija, por la comisión del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo en contexto de género, daños y desobediencia, hechos ocurridos el 17/07/2022 y el 15/10/2022, es decir, que en los dos casos se investigan hechos de violencia intrafamiliar y de género de larga data. Se observa a través de lo expuesto que ambas causas se encuentran intrínsecamente relacionadas, que los hechos denunciados forman parte de una misma conflictiva de violencia que involucra a las mismas partes y que en ambos casos se formuló el requerimiento de juicio. Sin perjuicio de ello, uno de los Juzgados resolvió suspender el proceso a prueba respecto del imputado, sujeto al cumplimiento de pautas de conducta, circunstancia que no produce un cambio definitivo en la etapa procesal que torne inaplicable la conexidad pretendida respecto del presente legajo. En definitiva, resulta que ambos legajos por la temática que se ventila y por los sujetos que se encuentran vinculados y que han alcanzado la etapa de debate, resulta conveniente a los fines de una mejor administración de justicia que el juzgamiento de todos los sucesos quede a cargo de un único tribunal. Siendo así, corresponde la intervención del Juzgado que ha sido desinsaculado para intervenir respecto del primero de los casos arribados a la etapa de debate.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar