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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS E., L., V. Y OTROS SOBRE 181 INC. 1 - USURPACION (DESPOJO)

La Cámara de Casación confirmó el rechazo del recurso de apelación del Ministerio Público Fiscal contra la resolución que rechazó los allanamientos en autos de usurpación y estafa, argumentando que la impugnación no presentaba gravamen irreparable y que las decisiones de prueba en esa etapa no son apelables.

Recurso de apelacion Gravamen irreparable Rechazo in limine Procedimiento penal Resoluciones inapelables Cuestiones de prueba

En el caso, corresponde rechazar "in limine" el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal. La "A quo" rechazó la solicitud de allanamientos de dos locales ubicados, instada por el Ministerio Público Fiscal con el objeto de recabar elementos probatorios. Contra lo decidido, el Fical interpuso recurso de apelación. Al hacerlo, explicó que la resolución atacada le irrogaba un perjuicio de imposible reparación ulterior, en tanto no existían otras medidas de prueba ni oportunidades procesales idóneas para acceder a las evidencias tendientes a acreditar la hipótesis acusatoria. Ahora bien, el recurso intentado debe ser rechazado "in limine" (cfr. art. 288 in fine CPP) puesto que no se dirige contra un auto expresamente declarado apelable, ni tampoco surge de la impugnación cuál es el gravamen irreparable que la resolución en crisis generaría al recurrente (cfr. arts. 280 y 292 CPP). En efecto, las decisiones adoptadas en materia de prueba con antelación a la audiencia de juicio, por regla general, no son hábiles para generar un gravamen de magnitud tal que no pueda ser reparado en otra instancia del proceso y el recurrente no ha podido demostrar lo contrario, como para que esta Sala se aparte de esa regla.

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