INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS P , W M Y OTROS SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA
La Cámara de Casación en lo Penal confirmó la validez del procedimiento policial y absolvió a los imputados por insuficiencia probatoria. La sentencia rechazó la nulidad del proceso y dispuso la libertad condicional, considerando que no se acreditó el delito de comercio de estupefacientes ni la responsabilidad de los acusados.
En el caso, corresponde confirmar la sentencia recurrida en cuanto rechazó la nulidad del procedimiento incoada por la Defensa. En efecto, resulta acertado afirmar que el procedimiento policial no reviste deficiencias capaces de conducir a la invalidez pretendida. Pues si bien es cierto que no surge el pesaje inicial de la sustancia al ser secuestrada, resulta altamente probable que aquella constase de dos gramos, tal y como formulara la hipótesis fiscal. Ello, pues a lo largo del debate se reiteró en varias oportunidades que F. tenía en su poder dos envoltorios pequeños, de los cuales se extrajo una parte de la sustancia para realizar el test reactivo correspondiente, y que al pesarse la droga, previo a la realización de la pericia definitiva, se concluyó que aquellos contenían 0.42 y 0.50 gramos respectivamente. Por lo cual, sumado a ello que, en materia de narcomenudeo, las denominadas “dosis” suelen ser de un gramo, la lógica y la experiencia me llevan a descartar la existencia de una inconsistencia de tal entidad como para anular el procedimiento policial, pues, lo cierto es que sí ha quedado debidamente acreditado que se secuestraron dos envoltorios pequeños en poder de F. y que aquellos tenían en su interior una escasa cantidad de cocaína.
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