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ZAPPIA, PAOLA ALEJANDRA CONTRA GCBA SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESPONSABILIDAD MÉDICA) Número: EXP 247370/2021-0

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario confirmó la responsabilidad del GCBA por daños derivados de una caída en la vía pública y rechazó los agravios sobre cuantía y tasa de interés.

Dano moral Danos y perjuicios Indemnizacion Gastos medicos Dano fisico Responsabilidad del estado Via publica Dominio publico del estado Aceras Conservacion de la cosa

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el caso, corresponde confirmar la sentencia apelada en tanto condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a abonarle a la actora la suma de ciento diez mil pesos ($110.000) en concepto de daño a la salud ($40.000), gastos médicos ($10.000) y daño moral ($60.000) derivados del perjuicio que le causó la caída en la vía pública como consecuencia del deficiente estado de conservación de la vereda. En efecto, la Ciudad de Buenos Aires es la propietaria de las calles por ser bienes de dominio público (art. 235, inc. f, del Código Civil y Comercial de la Nación), y guarda para sí el ejercicio del poder de policía que le impone el deber de asegurar que aquellas tengan una conformación y mantenimiento adecuados, para evitar que la deficiente conservación de la cosa, se transforme en fuente de daños para terceros.

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