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MMNF s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MIND Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza la queja por inconstitucionalidad presentada por MMNF contra resolución que excluyó su protección habitacional; confirma la constitucionalidad de las decisiones y la interpretación de la ley en derechos sociales.

Fundamentacion del recurso Situacion de vulnerabilidad Falta de fundamentacion Grupo familiar Cuestiones de hecho y prueba Subsidio habitacional Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Derecho a la vivienda digna Prioridad en el acceso a las prestaciones


¿Quién es el actor?

MMNF, mayor de edad, demandó protección de su derecho a la vivienda y cuestionó la exclusión de su protección habitacional.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
- Objeto de la demanda: Solicitar la extensión del beneficio habitacional a MMNF, quien fue excluido por la Cámara de Apelaciones.
- Decisión del tribunal: Rechaza la queja por insuficiencia de fundamentos y por considerar que la resolución no viola derechos constitucionales, fundamentando que la exclusión de MMNF está ajustada a la normativa y a principios constitucionales, y que la carga de prueba recae en la autoridad pública.
- Fundamentación principal: La Sala consideró que la decisión de la Cámara de Apelaciones, que excluyó a MMNF de la protección, fue fundada en la evaluación de su situación de vulnerabilidad, en especial, que no presentaba impedimentos de salud ni dificultades para acceder a un empleo, y que la ley y la jurisprudencia permiten discriminar en estos casos. Asimismo, se destacó que la decisión no vulnera derechos constitucionales ni principios de igualdad, pues la ley 663 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que la obligación de los progenitores de proveer recursos subsiste hasta los 25 años si el hijo realiza estudios, pero la interpretación debe ser coherente con la realidad socioeconómica. Por otra parte, el tribunal remarcó que la carga de acreditar la vulnerabilidad corresponde a la autoridad pública y no al actor, y que la decisión de la Cámara no configura arbitrariedad ni violación del derecho a la vivienda. Fundamentos adicionales incluyen la jurisprudencia reiterada sobre el carácter interdependiente de derechos económicos, sociales y culturales, y la obligación del Estado de adoptar medidas progresivas para garantizar el acceso a la vivienda digna, sin que ello implique la obligación de prueba del actor de su vulnerabilidad, sino de la autoridad de justificar su omisión. Disidencias: Los jueces Weinberg y Lozano ratificaron la constitucionalidad y la fundamentación de la resolución. La jueza De Langhe consideró que la exclusión de MMNF viola principios constitucionales y que la decisión adoptada por la Cámara es discriminatoria, por lo que admitió parcialmente la queja y ordenó que se extienda la protección a MMNF.

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