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PIZARRO, ANGEL SILVIO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ARIZA HEREDIA, CARMEN ROSA CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACION - AMPARO - EMPLEO PUBLICO-OTROS

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo fue revisada por la Sala Superior, que hizo lugar a la queja del abogado Pizarro, revocó la regulación de honorarios por considerar que no respetaba los mínimos legales y ordenó un nuevo pronunciamiento.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Cuestiones de hecho y prueba Honorarios del abogado Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional


- Quién demanda: Ángel Silvio Pizarro (representando a la parte actora en causa de amparo)

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, y en definitiva el GCBA, en tanto instancia que reguló honorarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La inconstitucionalidad de la regulación de honorarios fijada en $13.100, por considerar que vulneraba el derecho del profesional a percibir honorarios en el mínimo legal establecido.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Superior admitió la queja, revocó la decisión de la Cámara de apelaciones y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento por jueces distintos, por considerar que la regulación de honorarios había sido inferior al mínimo legal previsto en la ley 5134.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los jueces superiores coincidieron en que las cuestiones relativas a la regulación de honorarios en instancias ordinarias son, en principio, cuestiones de orden fáctico y procesal, ajenas a la instancia de inconstitucionalidad. La regulación de honorarios en la instancia de apelación, en este caso, fue fijada en $13.100, lo cual, según los artículos 30 y 39 de la ley 5134, no puede ser inferior al mínimo legal del 30% del honorario de primera instancia. La Sala II de la Cámara de Apelaciones no justificó en forma suficiente la diferencia respecto del mínimo legal, limitándose a expresar que la regulación se realizó en función del valor, motivo, complejidad de la cuestión y extensión de la labor, lo cual no es suficiente para justificar el apartamiento del mínimo legal. La decisión vulneró el derecho del abogado a percibir honorarios en el mínimo legal, configurando una violación a la garantía del debido proceso y a derechos constitucionales del profesional. La sentencia de la Cámara de Apelaciones, en tanto, no demostró la existencia de una causa constitucional que justifique la desviación del mínimo legal, por lo que la queja debe ser admitida y la resolución recursada revocada.

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