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Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la CABA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Ecohábitat SA Emepa SA UTE (Resol 172/2014) c/ Ente Único Regulador de los Servicios Públicos CABA s/ recurso directo s/ resoluciones del Ente Único Regulador de Servicios Públicos s/ OTROS PROCESOS INCIDENTALES

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo reguló los honorarios profesionales en un proceso de inconstitucionalidad y recurso de queja, confirmando la decisión de regular los honorarios del letrado César Carlos Neira en $238.621,85 más IVA, y estableció pautas de cálculo según la ley 5134.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Apoderado Abogado patrocinante Honorarios del abogado Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad (EURSPCABA)

¿A quién se demanda?

Ecohábitat S.A. – EMEPA S.A. – UTE

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad contra la resolución 172/2014 y recurso de queja por denegatoria de inconstitucionalidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió la queja, revocó la fallo de la Cámara en primera instancia y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia del 4/03/2020 admitió la queja, hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad y revocó la nulidad de la resolución 172/2014, ordenando devolver las actuaciones para que se expidiese sobre las restantes cuestiones. La Sala I de la Cámara, tras devolver las actuaciones, rechazó el recurso directo de la parte actora con costas y reguló honorarios en $35.050 para el letrado Alejandro A. Acuña. Se aplicaron los porcentajes del art. 30 de la ley 5134, pero por ser inferior al mínimo de UMA (20 UMA por recurso de inconstitucionalidad más 5 UMA por la queja), se utilizó este parámetro. La defensa técnica del EURSPCABA, conformada por la Dra. Milena Rendich y el Dr. César Carlos Neira, fue valorada con honorarios de $954.487,40 y $238.621,85 respectivamente, más IVA. La decisión consideró además que los honorarios deben ajustarse a la normativa vigente, incluyendo intereses y el pago en los términos establecidos.

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