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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ASOCIACION CIVIL POR LA IGUALDAD Y LA JUSTICIA CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)

La Sala I del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja del GCBA contra la resolución que ordenó la provisión de información pública y confirma la constitucionalidad y razonabilidad de la decisión judicial.

Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Falta de fundamentacion Cuestiones de hecho y prueba Acceso a la informacion publica Sentencia condenatoria Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional


- Quién demanda: Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

que se condene al GCBA a brindar información sobre campañas publicitarias en redes sociales (2018-2021), que fue entregada parcialmente, y que se respete la ley 104 y garantías constitucionales.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que ordenó al GCBA proporcionar la información solicitada, rechazando el recurso de inconstitucionalidad del GCBA por carecer de fundamento constitucional y por ser una interpretación de cuestiones de hecho y derecho infraconstitucional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurrente no logra demostrar la configuración de un caso constitucional ni que la sentencia sea arbitraria. Los agravios involucraban cuestiones de hecho y de interpretación de la ley 104, que no constituyen un supuesto de revisión por este Tribunal. La información solicitada, vinculada con las acciones de la administración, debe ser considerada pública y no puede mantenerse en reserva sin justificación. La falta de demostración por parte del GCBA de que la información no sea accesible o que exceda la ley 104 refuerza la decisión de mantener la orden de provisión." "Los agravios vinculados a la interpretación de la normativa infraconstitucional y a cuestiones fácticas no afectan las cláusulas constitucionales invocadas. La jurisprudencia confirma que la información relacionada con la gestión pública debe ser pública, salvo excepciones fundadas, las cuales no fueron demostradas en autos." "El recurso de queja no cumple con la fundamentación necesaria y no presenta una crítica concreta y fundada de la sentencia, por lo que debe ser rechazado."

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