GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en VILLEGAS LEON, JIMMY NELSON CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - EMPLEO PUBLICO-OTROS
La Cámara de Apelaciones rechazó la queja del GCBA contra la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad en un caso de amparo por carga horaria laboral del personal de salud. La sentencia consideró que la normativa vigente en el contexto de la emergencia sanitaria no permitía aplicar la resolución 499/20, y que la queja del GCBA carecía de fundamentos suficientes para sostener arbitrariedad o afectación constitucional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Jimmy Nelson Villegas León Demandado: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) Objeto de la demanda: Readecuación de carga horaria laboral del actor, quien trabaja como enfermero en el Hospital de Enfermedades Infecciosas “Dr. Francisco Javier Muñiz”, argumentando que realiza tareas insalubres. Decisión del tribunal: La Cámara hizo lugar a la apelación y ordenó al GCBA que suspendiera la aplicación de la resolución 499/20 respecto del actor y que dejara sin efecto cualquier imputación por inasistencias relacionadas con esa normativa. La Cámara consideró que no surgía de autos que las necesidades del establecimiento justificaran la aplicación de la excepción prevista en dicha resolución, ya que la emergencia sanitaria había sido prorrogada hasta el 31/08/2023 y la normativa en cuestión había sido derogada. Como consecuencia, denegó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el GCBA, confirmando la decisión de primera instancia. Fundamentos principales de la decisión: "Los planteos del GCBA se vinculan, en último término, con la aplicación de la resolución conjunta 499/MHFGC/20. Dicha resolución en su artículo 1 faculta a los directores médicos de los efectores que componen el sistema de salud público de la CABA a asignar tareas al personal franquero indistintamente en días hábiles de la semana, sábados, domingos, feriados o asuetos “… mientras dure la emergencia sanitaria declarada mediante DNU n° 1/20 y hasta el cese de las causas que hayan originado la misma…”. Pero, conforme al texto actualizado del DNU n° 1/20 “… el Artículo 1° del DNU N° 2/2023, BOCBA N° 6570 del 28/02/2023, prorroga hasta el 31 de agosto de 2023 la Emergencia Sanitaria declarada por el presente, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” (v. art. 1 DNU n° 1/20, nota al usuario), por lo que actualmente no se encuentra vigente. En este contexto, los planteos del GCBA han perdido actualidad, por lo que corresponde dar por concluido el trámite de esta queja."
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