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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CPDA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad del GCBA, considerando que la queja no planteó adecuadamente la cuestión constitucional y que la sentencia recurrida fue fundada en ley y con fundamentos sólidos.

Personas con discapacidad Fundamentacion del recurso Situacion de vulnerabilidad Falta de fundamentacion Alojamiento Grupo familiar Subsidio habitacional Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Derecho a la vivienda digna Ninos, ninas y adolescentes


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Tribunal de primera instancia y Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y Relaciones de Consumo

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare la inconstitucionalidad de la sentencia que ordenó al GCBA proveer una solución habitacional definitiva a una familia en situación de vulnerabilidad, y que se revoque la resolución denegatoria del recurso de inconstitucionalidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la queja del GCBA por no demostrar que la decisión atacada fuera arbitraria o afectara principios constitucionales, confirmando la resolución que rechazó el recurso de inconstitucionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La queja fue interpuesta en tiempo y forma, pero no logró una crítica suficiente que permitiera demostrar la arbitrariedad o la existencia de un caso constitucional. La jurisprudencia citada por la CSJN en Fallos 287:237 y otros, indica que las quejas genéricas no cumplen los requisitos de fundamentación para prosperar. La decisión de la Cámara fue fundada en una correcta interpretación de la normativa aplicable y en la inexistencia de un supuesto de arbitrariedad o gravedad institucional que justifique una revisión extraordinaria. La referencia a la “gravedad institucional” no fue respaldada con fundamentos que demuestren impacto en los intereses de la comunidad o principios constitucionales. La sentencia de primera instancia fue considerada jurídicamente posible, con fundamentos y base suficiente, sin fallos lógicos o de fundamentación que la invaliden. La interpretación del derecho social a la vivienda, en el marco de la ley 4036, fue adecuadamente aplicada.

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