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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ROTELA, YOHANA ANTONELA CONTRA GCBA SOBRE MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó la queja de Yohana Rotela contra la decisión de denegar su recurso de inconstitucionalidad en un proceso de medidas cautelares y ejecución de multas, confirmando la validez del pronunciamiento y la competencia del tribunal para determinar el destino de las multas.

Legitimacion procesal Arbitrariedad de sentencia Astreintes Multa procesal Embargo preventivo Cuestiones procesales Cuestiones de hecho y prueba Ejecucion de multas Resoluciones posteriores a la sentencia definitiva Incumplimiento de resolucion judicial Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Resoluciones equiparables a definitiva Destino de la multa procesal


¿Quién es el actor?

Yohana Antonela Rotela (actora).

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare la inconstitucionalidad de la resolución que dispuso que los fondos de la multa aplicada en su contra sean destinados al Consejo de la Magistratura, y que se le permita el cobro de la multa más intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones denegó la queja por considerar que la resolución no es definitiva ni constituye un caso constitucional ni arbitrariedad, y que no se acreditan vulneraciones constitucionales ni errores manifiestos en la decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Marcela De Langhe sostuvo que la queja no prospera porque la resolución cuestionada no es definitiva y que, además, la actora no logró acreditar que la decisión fuera arbitraria ni vulnerara derechos constitucionales. Señaló que los agravios relativos a la determinación del beneficiario de la multa exigen análisis de hechos y derecho procesal que corresponden a los jueces de mérito, y que la disconformidad con la interpretación del artículo 329 del CCAyT no configura un supuesto de arbitrariedad. La unanimidad de los jueces, con votos concurrentes y disidentes, concluyó en que la resolución impugnada se ajusta a la normativa y que la invocación de principios constitucionales y precedentes no sustenta la existencia de arbitrariedad, por lo que corresponde rechazar la queja.

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