INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS BMJA SOBRE 183 - DAÑOS S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 16 en un incidente de competencia originado en un conflicto entre juzgados respecto a hechos de violencia de género y daños, remitiendo las actuaciones a dicho juzgado y dejando sin efecto la remisión del juzgado nacional.
- Quién demanda: La damnificada, en denuncia por violencia de género y daños.
¿A quién se demanda?
Su expareja.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La investigación por hechos de violencia, daño y lesiones.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 16, en virtud de la jurisprudencia y argumentos del Fiscal General Adjunto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza Alicia E. C. Ruiz recordó que, según la jurisprudencia de la Corte Suprema en “Bazán” (Fallos: 342:509), en conflictos entre juzgados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la competencia corresponde al Tribunal Superior. La jueza consideró que, si bien el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 17 remitió las actuaciones, la opinión mayoritaria del Tribunal y la normativa vigente indican que la competencia debe ser del juzgado local. El juez Santiago Otamendi sostuvo que, aunque la calificación legal pueda variar, la competencia en estos casos corresponde al tribunal que tramita los hechos, en este caso, el Juzgado nº 16. La Fiscalía opinó que la justicia local debe continuar con la investigación, dado que los hechos constituyen un conflicto en un contexto de violencia de género y que la misma parte está involucrada en otras tramitaciones. La mayoría de los jueces coincidieron en que debe prevalecer la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 16, remitiendo las actuaciones a dicho órgano.
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