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BARREYRO, EDUARDO DANIEL s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARREYRO, EDUARDO DANIEL CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)

La Justicia Superior de la Ciudad de Buenos Aires revoca la decisión de la Cámara de Apelaciones y ordena dictar un nuevo pronunciamiento sobre la regulación de honorarios de Eduardo Daniel Barreyro, por considerar que la resolución carecía de fundamentación adecuada en relación con los mínimos arancelarios.

Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Arbitrariedad de sentencia Monto minimo Falta de fundamentacion Honorarios del abogado Recurso de inconstitucionalidad Fundamentacion de sentencias Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Eduardo Daniel Barreyro, en su carácter de letrado particular.

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la regulación de honorarios profesionales, por considerarla arbitraria y en incumplimiento del mínimo legal (art. 31 de la ley 5134).

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires admitió la queja por recurso de inconstitucionalidad, revocó la sentencia de la Cámara y ordenó que, por jueces distintos, se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Alicia Ruiz sostuvo que la Cámara no explicó ni justificó adecuadamente la disminución de los honorarios en relación con el mínimo previsto en el art. 31 de la ley 5134, incumpliendo con los requisitos de fundamentación. La sentencia de la Cámara se apartó sin motivo válido del mínimo legal, lo que constituye una vulneración del derecho a una retribución justa y del debido proceso. La jueza Marcela De Langhe agregó que la resolución de la Cámara careció de fundamentación suficiente, omitiendo considerar los mínimos arancelarios expresados en UMA, y que esa omisión acarrea un déficit insalvable que obliga a su revocación. El juez Lozano coincidió en que la regulación de honorarios por la Cámara no sustentó adecuadamente la decisión en relación con los mínimos legales y propuso devolver las actuaciones para una nueva regulación. El juez Santiago Otamendi indicó que la queja debe prosperar, ya que cuestiones de honorarios en materia procesal son ajenas a la instancia extraordinaria y la resolución impugnada resulta insostenible. Fundamentos principales: “Se ignora también —porque el auto regulatorio guarda silencio a este respecto—, si los magistrados ponderaron de una manera diversa las tareas desarrolladas por el letrado que justificara la disminución de la suma de que se trata. En suma, no se han expresado fundamentos que permitan sustentar el criterio adoptado, al margen de cuál sea el importe que corresponda regular en concepto de honorarios profesionales a favor de Eduardo Daniel Barreyro.” “Ello basta para revocar la sentencia atacada y ordenar que, por intermedio de otros jueces, se dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.”

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