ROSÓN, OSCAR LUIS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ROSÓN, JAVIER PABLO CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo redujo los honorarios regulados a un letrado por considerar que eran excesivos; la queja del abogado Rosón fue rechazada por el tribunal superior, que ratificó la validez del razonamiento y la fundamentación de la sentencia de la Cámara.
- Quién demanda: Oscar Luis Rosón (en carácter de letrado)
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo y GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugna la regulación de honorarios profesionales, alegando que la reducción a $20.135 más IVA, y la regulación en segunda instancia a $6040, vulneran derechos a una retribución justa, propiedad y defensa en juicio, y que la decisión de la Cámara es arbitraria y sin fundamentos, apartándose del mínimo legal.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia rechaza la queja, confirmando que las decisiones sobre honorarios en instancias ordinarias son cuestiones de orden fáctico y procesal, y que la fundamentación de la Cámara fue suficiente y conforme a la normativa aplicable. Se concluye que no se evidencia arbitrariedad ni vulneración constitucional, por lo que no corresponde admitir la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de la Cámara explicó detalladamente la reducción de honorarios considerando la naturaleza del proceso, la inexistencia de complejidad y el resultado obtenido. La normativa aplicable (arts. 15, 17, 29 y 46 de la ley 5134) permite la reducción en casos donde se justifique en forma circunstanciada, como sucedió en este caso. La queja del letrado Rosón no logra demostrar que la decisión sea contraria a la Constitución o que incurra en arbitrariedad. La jurisprudencia reiterada del Tribunal sostiene que las cuestiones relativas a honorarios en instancias ordinarias son ajenas al recurso de inconstitucionalidad, salvo casos de insostenibilidad jurisdiccional, lo cual no ocurre aquí. La fundamentación de la Cámara fue explícita y circunstanciada, justificando el apartamiento del mínimo legal sin vulnerar derechos constitucionales. En conclusión, la queja no logra demostrar errores groseros o violaciones constitucionales y debe ser rechazada.
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