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MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en HUANCA, JESUS SOBRE 149 BIS - AMENAZAS Y OTROS

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad presentado por la defensa de Jesús Huanca Uño, confirmando la decisión que consideró que la defensa no logró acreditar la existencia de una vulneración constitucional ni de arbitrariedad en la sentencia.

Interes superior del nino Violencia de genero Fundamentacion del recurso Apreciacion de la prueba Arbitrariedad de sentencia Falta de fundamentacion Condena condicional Cuestiones de hecho y prueba Reincidencia Deposito previo Testimonio de la victima Lesiones agravadas Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Derecho infraconstitucional Revocacion de la condena condicional Exencion de deposito


- Quién demanda: La Defensora General y la Defensora General Adjunta en representación de Jesús Huanca Uño.

¿A quién se demanda?

Al Tribunal de Primera Instancia y a la Sala I del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la denegación del recurso de inconstitucionalidad, alegando afectación de principios constitucionales como la razonabilidad, inocencia, in dubio pro reo, interés superior del niño y debido proceso.

¿Qué se resolvió?

La Sala I declaró inadmisible la queja por considerar que la defensa no logró acreditar un caso constitucional ni demostrar arbitrariedad en la decisión judicial. Asimismo, la Cámara rechazó el recurso de queja y eximió a Huanca Uño del depósito previsto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala sostuvo que los agravios reiteran cuestiones de hecho y valoración probatoria que corresponden a las instancias de mérito y no constituyen una vulneración constitucional. La valoración de la prueba, incluyendo testimonios, informes médicos y antecedentes condenatorios, fue considerada fundada y razonada. La defensa no aportó elementos que evidencien arbitrariedad o violación de derechos constitucionales, limitándose a expresar disconformidad con la valoración de las pruebas. La jurisprudencia citada confirma que cuestiones de hecho y prueba no son revisables en sede constitucional si no evidencian arbitrariedad manifiesta o violación de derechos fundamentales.

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