GCBA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) EN SCHMIDT, ELENA CORINA ADRIANA C/ GCBA DEPTO DE HERENCIAS VACANTES S/ ESCRITURACIÓN (EXPTE. Nº 32352/2020)
La Corte Suprema de Justicia de la Nación debe dirimir el conflicto de competencia entre el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, originado por decisiones contradictorias respecto de la competencia para conocer de recursos de inconstitucionalidad en causas relacionadas con la Ciudad de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Demandado: Elena Corina Schmidt (en el expediente de queja por inconstitucionalidad)
Objeto de la demanda: Cuestión sobre la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires para conocer en recursos de inconstitucionalidad contra decisiones de la Justicia Nacional de la Capital Federal.
Decisión del tribunal: La sentencia del 22 de noviembre de 2023 dejó sin efecto un auto denegatorio y ordenó que la Sala K de la Cámara Civil confiera traslado del recurso de inconstitucionalidad para su análisis. La Sala K de la Cámara rechazó esa decisión, generando un conflicto de competencia que debe ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Fundamentos principales:
- La controversia radica en posiciones contrapuestas sobre la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para intervenir en recursos de inconstitucionalidad.
- La doctrina del Tribunal en el precedente «Levinas» y el artículo 27 de la ley n° 402 establecen que corresponde a este Tribunal resolver estos conflictos de competencia, en vista de la naturaleza del asunto.
- La existencia de una contienda positiva de competencia entre órganos judiciales de la misma jurisdicción (el Tribunal Superior y la Cámara Civil de la CABA) constituye un conflicto que debe ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación conforme a la doctrina «Bazán».
- La resolución del conflicto requiere la elevación de las actuaciones a la Corte Suprema para su decisión definitiva.
- La resolución fue firmada por los jueces Otamendi, De Langhe y Weinberg, y ordena que las actuaciones sean remitidas y notificadas oportunamente.
- La jueza Alicia E. C. Ruiz no suscribió la resolución según la acordada n° 40/2014.
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