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MINISTERIO PÚBLICO - FISCALÍA DE CÁMARA NORTE DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en NN, NN SOBRE 71 QUINQUIES 1ER PÁRR - SUPLANTACIÓN DIGITAL DE IDENTIDAD Y OTROS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja del Ministerio Público contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad y confirma la decisión de la Sala II, que consideró que la fiscalía no logró demostrar la existencia de una cuestión constitucional.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Ministerio Público
- Fiscalía de Cámara Norte

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (por denegación de queja por recurso de inconstitucionalidad)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se otorgue efecto suspensivo al recurso de inconstitucionalidad y se revoque la decisión de la Sala II que declaró inadmisible dicho recurso

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la solicitud de efecto suspensivo y se confirma que la fiscalía no logró mostrar la existencia de una cuestión constitucional que amerite la intervención del Tribunal. La Sala consideró que no se aportaron fundamentos suficientes para justificar la excepción a la regla general de denegación del efecto suspensivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La parte recurrente no demostró que la denegación del recurso de inconstitucionalidad haya sido mal denegada ni que la medida solicitada sea imprescindible para preservar efectos de la sentencia futura. La solicitud de efecto suspensivo carece de fundamentación adecuada y suficiente, por lo cual se rechaza. La jurisprudencia establece que la solicitud de efecto suspensivo requiere una fundamentación sólida que justifique la excepción a la regla general, que no fue aportada en el caso. La falta de motivos justifica la denegación. La decisión de la Sala II que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad no vulnera derechos constitucionales del recurrente, ya que no se evidenció la existencia de una cuestión constitucional que justifique la intervención del Tribunal. La intervención del Fiscal General Adjunto se basó en que la decisión judicial fue arbitraria, pero el Tribunal consideró que no se cumplían los requisitos para la concesión del efecto suspensivo. La resolución se dicta en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no se detallan montos económicos ni fechas específicas relevantes para la decisión.

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