INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS RODRÍGUEZ, ANÍBAL SOBRE 89 - LESIONES LEVES
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires decide mantener la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 17 en un incidente de competencia sobre hechos de violencia de género, fundamentando que la jurisdicción local es la más adecuada para la tramitación integral del caso.
- Quién demanda: No aplica, se trata de un incidente de competencia.
¿A quién se demanda?
No aplica, se trata de un conflicto entre juzgados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de competencia del tribunal correspondiente para entender en la causa por hechos de violencia de género y otros delitos relacionados.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia declaró la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 17, en atención a la conexión estrecha de los hechos en un mismo contexto de violencia de género y a la necesidad de una administración de justicia eficiente y coordinada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Haciendo primar un criterio que privilegie un servicio de justicia eficiente que atienda al grado de conocimiento e intervención desplegado por los órganos locales y a la estrecha conexión existente entre los hechos cometidos en un contexto de violencia de género, doméstica o intrafamiliar —que aconseja su juzgamiento conjunto—, corresponde mantener la intervención del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 17, quien además es materialmente competente para conocer, al menos, respecto de dos de las conductas investigadas, cuya subsunción legal no se halla controvertida (lesiones y amenazas)." "La calificación legal que en definitiva puedan recibir los hechos investigados no obsta a lo afirmado precedentemente. Ello así puesto que, en todo caso, la imputación puede ser ampliada incluso hasta el debate y, eventualmente, en la sentencia el juez está facultado a dar a los hechos una calificación distinta a la contenida en la acusación, sin que sea necesario en ninguno de esos supuestos expedirse nuevamente sobre la competencia ya atribuida por este Tribunal (cf. este Tribunal en “Giordano”, expte. n° 16368/19, resolución del 25/10/2019)." "Los hechos que motivaron este incidente de competencia se encuadran dentro de un mismo contexto de violencia de género, doméstica o intrafamiliar. Este tipo de ilícitos presentan características específicas en tanto se prolongan a lo largo del tiempo, en el marco de una situación conflictiva continua, muchas veces cíclica, por lo cual resulta ineludible conocer las circunstancias que rodean las conductas típicas. En consecuencia, razones de mejor y más eficiente administración de justicia y la importancia de asegurar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos para la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, tornan necesario que sea un único tribunal el que intervenga en todas las actuaciones
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