GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARRETA CHOQUE, JILDA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
El Tribunal Superior de Justicia deniega el recurso extraordinario federal del GCBA contra la sentencia que rechazó su queja, argumentando que no se configura una cuestión federal, y que las decisiones judiciales de rechazo de recursos de orden local son ajenas a la instancia federal por respeto a la autonomía provincial y municipal.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario federal contra la resolución que rechazó su queja en un proceso de empleo público y diferencias salariales
¿Qué se resolvió?
El Tribunal deniega el recurso extraordinario por falta de planteo de cuestión federal y por no cumplir con los requisitos formales del reglamento; además, se ratifica que las decisiones de los tribunales locales en rechazo de recursos de orden local son ajenas a la instancia federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso extraordinario federal articulado por el GCBA debe ser denegado pues no plantea una cuestión federal de las exigidas por el art. 14 de la ley 48." "La decisión del Tribunal que ahora se cuestiona rechazó la queja porque no lograba rebatir las razones por las que la Cámara había denegado su recurso de inconstitucionalidad, ni demostrar la existencia de un caso constitucional o federal, ni arbitrariedad de sentencia." "Las decisiones por las que los tribunales locales declaran la improcedencia de recursos de orden local resultan ajenas, como principio, a la instancia extraordinaria federal en virtud del respeto debido a las atribuciones de las provincias." "El recurrente no ha satisfecho los recaudos que exige el reglamento de la CSJN, incluyendo la falta de acompañamiento de documentación requerida y la referencia a normas no publicadas oficialmente." "La doctrina de la arbitrariedad no se aplica en este caso, ya que no existe una deficiente fundamentación que impida considerar la sentencia como fundada en ley." "La invocación de gravedad institucional no autoriza la apertura de la instancia extraordinaria sin demostrar que el caso trasciende el interés de las partes y afecta a la comunidad." "No se cumplen los requisitos formales del recurso según la normativa de la CSJN."
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