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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GCBA CONTRA AKZO NOBEL ARGENTINA S.A. SOBRE EJECUCION FISCAL - ING.BRUTOS CONVENIO MULTILATERAL

La Sala I del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja del GCBA por denegación del recurso de inconstitucionalidad, confirmando la validez de la resolución que denegó la acción, por considerar que la queja no cumple los requisitos procesales y no se configura cuestión constitucional.

Copias Autosuficiencia del recurso Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Falta de copias


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Akzo Nobel Argentina S.A., responsable extendido a su presidente y/o responsable.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que denegó la acción de inconstitucionalidad respecto de la ejecución fiscal por deuda de multa de $2.093.536,50, relacionada con resolución n° 2309/DGR/2013 y otras, por pago presuntamente cancelado en 2017.

¿Qué se resolvió?

La Sala I rechazó la queja por no acreditar que el recurso de inconstitucionalidad fue planteado en tiempo oportuno ni acompañar la documentación suficiente, considerando que la queja no cumple con los requisitos de autosuficiencia y que no constituye una cuestión constitucional. La decisión fue fundada en que no se verifican cuestiones constitucionales ni federales y que la interpretación del fallo no resulta insostenible.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La parte recurrente incumplió con la obligación de acompañar copia digital completa y legible de la demanda, contestación, sentencia, agravios, resolución impugnada, y demás piezas procesales en el plazo estipulado, en virtud del artículo 33 de la ley n° 402. La falta de acreditación de la interposición en tiempo oportuno impide la admisibilidad de la queja, conforme a jurisprudencia del Tribunal Superior (expte. n° 16073/18, 10184/13, entre otros). La queja no muestra que la interpretación del fallo sea insostenible ni que exista gravedad institucional. Los agravios remitían a cuestiones de hecho y prueba, y a interpretación normativa infraconstitucional, sin suscitar cuestión constitucional o federal que sea de competencia del Tribunal. La decisión de la Cámara de Confirmar la resolución de grado, que admitió el pago y desestimó la inconstitucionalidad, no fue arbitraria ni violatoria de derechos constitucionales. La queja fue presentada fuera de plazo y sin fundamentos suficientes para su admisibilidad. La sentencia expresa que la queja no cumple los requisitos de autosuficiencia y no acredita la existencia de cuestiones constitucionales.

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