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METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS sa CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

La Cámara Superior de Justicia rechaza la queja de Metrovías contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad por extemporaneidad y falta de agravio constitucional suficiente. La decisión se fundamenta en que el recurso fue interpuesto fuera del plazo legal y sin causa de arbitrariedad.

Sentencia definitiva Facultades ordenatorias Facultades sancionatorias Impugnacion del acto administrativo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Ente unico regulador de servicios publicos de la ciudad autonoma de buenos aires Tramite independiente


¿Quién es el actor?

Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Impugnación por vía de recurso de inconstitucionalidad de multas impuestas por el ente regulador, a través de recurso directo, por supuestas irregularidades en estaciones del subte en 2019.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja por ser interpuesta fuera del plazo legal y no existir agravios constitucionales que justifiquen su tratamiento en instancia de revisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La queja no rebate la razón principal de la denegación del recurso por ser no definitivo y no configurarse arbitrariedad. La sentencia impugnada no es una sentencia definitiva, sino una resolución interlocutoria, y el recurso de inconstitucionalidad solo procede contra sentencias definitivas. La ley 402 establece que el recurso debe interponerse en un plazo de diez días a partir de la notificación de la resolución que lo motiva. En este caso, la notificación fue el 27/12/2022, por lo que el plazo venció el 11/02/2023. La presentación del 10/04/2023 fue tardía. La interposición de un recurso de reposición no suspende ni interrumpe el cómputo del plazo para el recurso de inconstitucionalidad. La queja fue presentada fuera de tiempo, por lo que debe ser rechazada.
- Disidencia: La jueza Inés M. Weinberg coincide en que la queja debe ser rechazada por extemporaneidad y por tratarse de un recurso improcedente, sin que exista fundamentación adicional sobre aspectos constitucionales.

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