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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SANGUINETTI PATRICIA SUSANA y otros CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)

Denegado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el GCBA contra la sentencia que rechazó la queja por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en el expediente de empleo público, con la decisión de mantener la validez de la resolución y denegar la queja.

Regulacion de honorarios Recurso extraordinario federal Honorarios profesionales Monto minimo Apoderado Honorarios del abogado Contestacion del traslado


- Quién demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que denegó la queja, solicitando su declaración de constitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

Se denegó el recurso de inconstitucionalidad al entender que la normativa y la jurisprudencia aplicable avalan la validez de la resolución cuestionada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Marcela De Langhe explicó que la normativa arancelaria no contempla la regulación de honorarios en UMA sin determinar su cuantía en pesos, por lo que no puede acogerse esa modalidad. Se consideró además que el recurso de inconstitucionalidad no se dirigió contra la sentencia de fondo, sino contra una resolución en etapa de ejecución. La jueza citó que, en casos similares, la jurisprudencia ha denegado estos recursos y regulado los honorarios en base a UMA y porcentajes del monto fijado en la etapa de ejecución, que en este caso fue $719.800. Se aplicaron los parámetros del art. 30 de la ley 5134, regulando los honorarios en la suma de $597.150, equivalente a 5 UMA más el 50% por labores de patrocinio y apoderamiento, con la posible adición del IVA. Los jueces Santiago Otamendi e Inés M. Weinberg coincidieron en rechazar la regulación en UMA y en regular los honorarios en base a la suma de $719.800, aplicando el porcentaje del 30-40% del monto, resultando en $597.150. El juez Luis Francisco Lozano también votó en línea con la regulación de honorarios en $398.100 (5 UMA) más $199.050 (50%), en función de los trabajos realizados en la etapa de contestación del recurso. La jueza Alicia E. C. Ruiz afirmó que, por la naturaleza del trabajo y en línea con jurisprudencia, los honorarios deben fijarse en 20 UMA, más el 50%, en consonancia con la ley 5134 y los valores vigentes, y en base a la suma de $719.800, denegando el recurso de inconstitucionalidad.

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