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GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ N. B. H. c/ GCBA s/ amparo - educación - vacante s/ OTROS PROCESOS INCIDENTALES

Tribunal regulariza honorarios del abogado Di Biase por contestación de recurso extraordinario federal y confirma regulación en suma de $2.388.600, con ajustes por IVA si correspondiere, en el expediente de amparo por inconstitucionalidad denegada.

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¿Quién es el actor?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) a través del abogado Roque Matías Di Biase.

¿A quién se demanda?

Eduardo Daniel Barreyro, en carácter de gestor procesal de María Victoria Sironi.
- Objeto de la demanda: Solicitud de regulación de honorarios por su labor en la contestación del recurso extraordinario federal en expediente de amparo por vacante en educación.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal regularizó los honorarios del abogado Di Biase en la suma de $2.388.600, sumando IVA si correspondiere, y ordenó se registre, notifique y remitan las actuaciones. La regulación se basa en los arts. 30 y 31 de la ley 5134, considerando la actuación en doble carácter y las sumas fijadas por la Cámara y el juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La ley 5134 en su art. 30 establece que las actuaciones en segunda o ulterior instancia se regularán en un 30% a 40% de lo fijado en primera instancia. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la regulación de honorarios en primera instancia en $395.940, y rechazó el recurso de apelación contra esa regulación, confirmando la suma. La aplicación del máximo de la escala del art. 30 de la ley arrojó un monto inferior al mínimo del art. 31 (20 UMA). Por ello, se fijaron los honorarios en 20 UMA para la actuación de patrocinante y el 50% de esa suma para la labor de apoderado, totalizando $2.388.600. Se consideró además la doctrina del voto del juez Lozano, que aplicó un porcentaje del 35% sobre la suma regulada en primera instancia, con intereses y límites mínimos, pero en el acuerdo final se optó por la suma fija más arriba mencionada. Se dispuso que los honorarios incluyan IVA si correspondiere, y que el pago se efectúe en 10 días tras la aprobación firme de la liquidación, con intereses moratorios en caso de demora.

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