GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ESCALERA, GILDO ALEXANDER CONTRA GCBA SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESPONSABILIDAD MEDICA)
La Sala Superior rechazó la queja del GCBA contra la sentencia que denegó su recurso de inconstitucionalidad en un caso de daños por compactación indebida de vehículo, confirmando la validez del pronunciamiento y la correcta interpretación de la normativa.
- Quién demanda: Gildo Alexander Escalera
¿A quién se demanda?
GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños y perjuicios (daño emergente, valor del vehículo, daño moral, privación de uso) por la compactación indebida de su vehículo, ocurrido en 2018, por un monto total de aproximadamente $508.150.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó el recurso de inconstitucionalidad del GCBA, confirmando la decisión de primera instancia basada en la responsabilidad extracontractual y en la irregularidad del procedimiento de compactación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia señaló que el recurso de queja no cumplía con los requisitos de fundamentación previstos en la ley 402, ya que no contenía una crítica concreta y fundada del fallo de Cámara. Además, se evidenció que la decisión de la Cámara se apoyó en el análisis de la responsabilidad del Estado en la omisión de información y en el procedimiento de compactación, aplicando analógicamente el Código Civil y Comercial de la Nación, dado que no existía normativa específica en la ley 6325. El tribunal destacó que las pruebas aportadas demostraban que el GCBA tenía conocimiento de la situación del vehículo y que la compactación fue irregular, lo que generó el daño reclamado. Se concluyó que el actuar irregular del Estado fue la causa directa del perjuicio y que la reparación de los daños, incluyendo daño moral y daño emergente, era procedente. La queja fue rechazada por la falta de fundamentación suficiente y por no configurar una cuestión constitucional, manteniendo la validez del pronunciamiento de la Cámara.
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