SAMBUCETTI, FABIAN ABEL S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (PENAL) EN SAMBUCETTI, FABIÃ?N ABEL S/ ABUSO SEXUAL (EXPTE. N° 6127/2015)
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires eleva la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para resolver un conflicto de competencia entre tribunales en un recurso de inconstitucionalidad en el marco del proceso penal de Sambucetti. La decisión confirma la competencia del Tribunal Superior en atender cuestiones constitucionales en causas judiciales nacionales.
¿Quién es el actor?
Defensa de Fabián Abel Sambucetti (abogadas Anabella Castillo y María Masanti)
¿A quién se demanda?
La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de queja contra la declaración de inadmisibilidad tácita de su recurso de inconstitucionalidad y cuestionamiento de la competencia del Tribunal Superior para intervenir en cuestiones constitucionales en procesos penales nacionales.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja y se eleva la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima la controversia de competencia. La Cámara Nacional de Casación declaró “manifiestamente improcedente” el recurso de inconstitucionalidad y concedió un recurso extraordinario federal, generando un conflicto de competencia entre tribunales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
En la sentencia del 30 de septiembre de 2020 en "Levinas", este Tribunal afirmó su competencia para conocer recursos de inconstitucionalidad y queja contra resoluciones de tribunales nacionales en supuestos como el presente, en virtud del artículo 113, incisos 3° y 4°, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley n° 402. La negativa de la Cámara a admitir el recurso de inconstitucionalidad generó un conflicto de competencia que debe ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, garantizando así la seguridad jurídica y la economía procesal. La controversia se relaciona con el recurso extraordinario federal concedido en la causa n° 6127/2015/TO1/7, lo que refuerza la necesidad de que la Corte resuelva la competencia. La Corte Suprema debe resolver la disputa de competencia, conforme a la normativa vigente y la jurisprudencia del Tribunal Superior.
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