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GCBA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN MOYA, MARINO ARMANDO Y OTROS CONTRA GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - GENERICO

La Sala del Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja del GCBA contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un planteo por diferencias salariales en el Hospital Argerich. La resolución fue fundada en la insuficiencia argumental del quejoso y en la desconexión con los agravios invocados.

Fundamentacion del recurso Diferencias salariales Falta de fundamentacion Relacion directa Cuestiones de hecho y prueba Empleo publico Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Ordenanza 45241 Existencia del agravio


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Actores en el proceso, empleados del Hospital General de Agudos Dr. Cosme Argerich, y GCBA en la queja

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la interpretación del artículo 2 de la ordenanza 45.241 respecto a la inclusión de horas extras en la base de cálculo del 40% de recaudación para distribución salarial, y que se declare la constitucionalidad de dicha norma.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja del GCBA por no contener una crítica suficiente del auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad, y por no demostrar la existencia de afectación constitucional alguna. La sentencia fundamentó que los agravios del GCBA se centraron en cuestiones de interpretación de normas infraconstitucionales y no en cuestiones constitucionales directas, además de considerar que el recurso fue inconducentes por su falta de fundamentación adecuada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La queja fue considerada desconectada de la resolución interlocutoria y de los agravios específicos que la motivaron, centrados en la interpretación del art. 2 de la ordenanza 45.241. La recurrente no logró demostrar la existencia de una afectación constitucional ni planteó agravios concretos y fundados respecto a la decisión. La jurisprudencia del Tribunal sostiene que la queja requiere una crítica concreta y fundada del auto denegatorio, lo cual en este caso no ocurrió. Los argumentos del GCBA giraron en torno a su discrepancia en la interpretación de la norma y no constituyen una cuestión constitucional. La resolución también remarcó que la instancia de revisión extraordinaria no puede substituir la valoración de cuestiones de hecho o interpretación normativa, salvo arbitrariedad, lo cual no se acreditó.

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