GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SERRAFF, JUAN CARLOS CONTRA GCBA SOBRE COBRO DE PESOS
La Cámara de Apelaciones rechazó la queja del GCBA contra la decisión de denegar el recurso de inconstitucionalidad, argumentando que no acreditó razones suficientes para suspender el proceso, y ordenó continuar con el trámite. La mayoría consideró que la solicitud de suspensión no estaba justificada.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (por denegación de recurso de inconstitucionalidad)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de suspensión del proceso por la interposición de la queja por inconstitucionalidad denegada, argumentando perjuicio irreparable y posible incumplimiento de una sentencia favorable en caso de confirmarse el fallo en favor del GCBA.
¿Qué se resolvió?
La Cámara desestimó la solicitud de suspensión del proceso, entendiendo que no se presentaron argumentos suficientes que justifiquen una excepción a la regla general de no suspender el proceso por la vía de la queja denegada, y ordenó continuar con el trámite.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La doctrina reiterada del Tribunal establece que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende, por regla, el curso del proceso (art. 33, ley 402).
La excepción a esa regla requiere una razón seria que justifique la suspensión, lo cual no fue acreditado en el caso, ya que la parte recurrente no expuso argumentos concretos sobre la magnitud o carácter irreparable del perjuicio.
La jurisprudencia del Tribunal señala que la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a la regla conlleva al rechazo del pedido.
La jueza Alicia E. C. Ruiz se alineó en que la falta de razones suficientes para apartarse de la regla genera el rechazo de la solicitud, citando jurisprudencia previa.
El juez Luis Francisco Lozano consideró que existían razones suficientes para otorgar el efecto suspensivo, sin embargo, la mayoría decidió rechazar la petición, manteniendo la continuidad del proceso.
Montos/fechas relevantes:
- La sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo que se impugna hizo lugar parcialmente al recurso de apelación y reconoció derechos salariales desde el 02/03/14, con intereses desde que cada suma fue debida, en línea con la doctrina “Eiben” (sentencia del 14/12/2023).
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