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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS BARRA, KEVIN LEONARDO s/ INFRACCIÓN ART. 189 BIS APARTADO (2) 2º PÁRRAFO s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió que corresponde a la justicia local continuar con la investigación del hecho ocurrido el 26 de diciembre de 2021, en el cual Kevin Leonardo Barra habría amenazado con un arma, declinando la competencia de la justicia nacional que había iniciado la causa. La decisión se fundamenta en la existencia de conexidad con otra causa ya tramitada en la justicia local y en la necesidad de evitar desmembramientos procesales, priorizando la celeridad y economía procesal.

Conexidad Portacion de armas Conflicto negativo de competencia Tenencia de armas Sentencia condenatoria Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia penal, contravencional y de faltas Delito transferido Armas de uso civil


- Quién demanda: Kevin Leonardo Barra (imputado)

¿A quién se demanda?

Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional y Justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinación de la competencia para continuar la investigación por el hecho del 26 de diciembre de 2021, en el que Barra habría amenazado con un arma de fuego sin autorización

¿Qué se resolvió?

Se declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para tramitar el caso, remitiendo las actuaciones a este fuero y dejando sin efecto la declinatoria de competencia de la justicia nacional

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los jueces Santiago Otamendi, Marcela De Langhe e Inés M. Weinberg argumentaron que, en ausencia de conexidad objetiva o subjetiva con hechos diferentes, y considerando que el hecho investigado está relacionado con causas ya tramitadas en el fuero local, la competencia debe ser del tribunal de la Ciudad.
- La jueza Alicia E. C. Ruiz destacó la jurisprudencia de la Corte Suprema en “Bazán” (Fallos: 342:509), que señala que, frente a conflictos de competencia en jurisdicciones no federales en la Ciudad Autónoma, corresponde al Tribunal Superior de Justicia resolverlos.
- El juez Luis F. Lozano afirmó que, dado que las conductas involucradas quedaron en la jurisdicción de la Ciudad, no existen razones para mantener la competencia en la justicia nacional, recomendando radicar las actuaciones en el fuero local para evitar descoordinaciones y asegurar la continuidad procesal.

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