INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS CM SOBRE 64 - SUMINISTRAR MATERIAL PORNOGRAFICO A UNA PERSONA MENOR DE EDAD (ART. 62 SEGÚN LEY 1472)
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 36 en un incidente de competencia por hechos relacionados con pornografía infantil y derechos de menores. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia y en el interés superior del niño, remitiendo las actuaciones al juzgado federal competente.
- Quién demanda: No corresponde; se trata de un incidente de competencia entre juzgados.
¿A quién se demanda?
No corresponde; cuestión de competencia interna.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Determinar qué órgano judicial debe entender en una causa por delitos relacionados con material pornográfico y menores, que habría iniciado en 2017 y fue denunciada en 2023.
¿Qué se resolvió?
Se declara competente el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 36, en consonancia con las precedentes del Tribunal Superior de Justicia, y en atención a la protección del interés superior del niño y la necesidad de una administración de justicia eficiente. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia de “Bazán” y en la opinión del Fiscal General Adjunto, que consideró que la etapa inicial de la investigación ya muestra indicios suficientes para atribuir competencia federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los jueces Marcela De Langhe y Luis Francisco Lozano coincidieron en que corresponde radicar las actuaciones en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 36, apoyándose en el criterio de la Corte Suprema en “Bazán” (Fallos: 342:509), que establece que cuando la contienda se produce entre magistrados con competencia no federal en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el Tribunal Superior de Justicia quien debe resolver." "Los jueces Santiago Otamendi e Inés M. Weinberg también consideraron que, por los fundamentos del Fiscal Adjunto, la etapa inicial de la investigación evidencia elementos que superan la competencia local, justificando la declaración de competencia federal." "La jueza Alicia E. C. Ruiz señaló que, si bien la remisión del caso se hizo en virtud del precedente “Bazán” y la jurisprudencia del Tribunal Superior, la decisión mayoritaria es que corresponde al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 36, en atención al interés superior del niño y a la necesidad de una administración de justicia eficiente." "Asimismo, la resolución se fundamenta en la necesidad de proteger derechos de menores y en la etapa procesal en que se encuentra la causa, que permite inferir que los hechos podrían encuadrar en delitos bajo la competencia federal, como el artículo 125 del Código Penal."
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