GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en CATALANO, DANIEL Y OTROS CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO - EMPLEO PUBLICO-OTROS
La Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado fue rechazada por falta de argumentos suficientes para suspender el proceso; el tribunal confirma que la regla general no suspende el trámite del proceso y solo admite excepciones fundadas en razones serias.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelaciones en lo CATyRC y la decisión interlocutoria que denegó la suspensión del proceso.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La suspensión del proceso mediante la concesión de efecto suspensivo a la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado.
¿Qué se resolvió?
El tribunal rechaza la petición de suspensión del proceso, considerando que no se presentaron argumentos suficientes para justificar la excepción a la regla general, que establece que la queja no suspende el curso del proceso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El juez Lozano sostuvo que "no muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, así como tampoco que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal."
Los jueces Langhe, Otamendi y Weinberg recordaron que "la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el curso del proceso" y que "el Tribunal solo excepcionalmente puede resolver mediante decisión expresa la suspensión de los efectos o ejecución del pronunciamiento impugnado, previa fundamentación sólida."
La jueza Ruiz resaltó que "la parte recurrente no brinda razones suficientes que permitan apartarse de la jurisprudencia según la cual la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido."
En consecuencia, el Tribunal ordenó que "se registre, se notifique y se continúe con el trámite de la queja."
- Montos/Fechas relevantes:
La decisión interlocutoria que se impugna fue dictada el 20 de diciembre de 2023.
La sentencia se dicta en 2024, en el marco del 30° Aniversario de la Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
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