INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS N.N. s/ HOMICIDIO SIMPLE s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 49 en incidente de competencia por conflicto entre juzgados por hechos relacionados con un presunto homicidio simple. La decisión se basa en la jurisprudencia de la Corte Suprema y en la valoración de las circunstancias del caso.
Actor: No corresponde; es un incidente de competencia entre tribunales. Demandado: No corresponde; se trata de un conflicto entre órganos judiciales. Objeto: Solicitud de resolución del conflicto de competencia respecto a una causa por homicidio simple. Decisión: Se hace lugar al incidente y se declara competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 49.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza Alicia E. C. Ruiz cita la resolución del Tribunal en "Bazán" (Fallos: 342:509), que establece que en conflictos entre tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior de Justicia resolverlos. La magistrada remarca que, aunque existen discrepancias con la jurisprudencia de la Corte Suprema, la mayoría del tribunal coincide en atribuir competencia al juzgado nacional, por considerar que las circunstancias del hecho y la naturaleza del delito (homicidio simple y lesiones) justifican la competencia del tribunal federal. La fiscalía adhiere a la competencia del juzgado nacional, argumentando que la conducta atribuida a la imputada, que consistió en apuñalar a la víctima en zona vital, en principio, resulta suficiente para considerar que se trata de un atentado contra la vida, y que la conducta no puede descartarse como tentativa de homicidio. La jueza Ruiz también señala que, pese a la discrepancia con la jurisprudencia de la Corte Suprema, en este caso particular corresponde seguir el criterio mayoritario y declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 49.
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