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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en AGUIAR, ROSANA ALEJANDRA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires deniega el recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA contra la sentencia que rechazó su queja por inconstitucionalidad, argumentando que no se plantean cuestiones federales de relevancia constitucional y que las decisiones cuestionadas son propias de los tribunales locales.

Recurso extraordinario federal Remuneracion Relacion directa Cuestiones de hecho y prueba Empleo publico Profesionales de la salud Personal de enfermeria Cuestion no federal Adicionales de remuneracion Adicional por actividad critica


- Quién demanda: GCBA

¿A quién se demanda?

Tribunal en la causa que rechazó su recurso de queja

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal por supuesta violación de derechos constitucionales y principios constitucionales y federales

¿Qué se resolvió?

Se deniega el recurso extraordinario porque no plantea una cuestión federal que guarde relación directa con la resolución impugnada y no cumple con los recaudos formales y sustantivos exigidos por la ley 48 y la normativa de la CSJN

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara rechazó la queja del GCBA por no lograr rebatir las razones por las que se negó su recurso de inconstitucionalidad, ni demostrar existencia de un caso constitucional o federal, ni arbitrariedad de sentencia. La doctrina de la CSJN establece que las decisiones de los tribunales locales en cuanto a la improcedencia de recursos de orden local son ajenas a la instancia federal, conforme a Fallos: 305:112; 330:1491. La queja del GCBA alegaba violaciones a derechos constitucionales (derecho de defensa, debido proceso, igualdad, propiedad, etc.), pero esas cuestiones son propias de la causa y ajenas al recurso extraordinario. La alegación de arbitrariedad no se configura, pues la Corte no debe revisar fallos que no contienen deficiencias lógicas o una total ausencia de fundamento. La invocación de la gravedad institucional no justifica la apertura del recurso, pues no se demostró que el caso exceda el interés de las partes ni tenga efectos sobre la comunidad. La recurrente no cumplió con los requisitos formales del reglamento de la CSJN, específicamente en la fundamentación y en la relación de las normas invocadas con la resolución. En consecuencia, se deniega el recurso con costas al GCBA.

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