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METROVIAS S.A. s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza la solicitud de suspensión del proceso planteada por Metrovías S.A. en la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, confirmando la continuidad del trámite y la inadmisibilidad de la suspensión previa.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de suspensión del curso del proceso de la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, hasta la resolución del fondo de la causa

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la petición de suspensión del proceso, manteniendo el trámite normal del recurso de queja

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Alicia E. C. Ruiz indicó que, “como regla, la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el curso del proceso” y que “excepcionalmente este Tribunal puede, mediante resolución expresa, suspenderlo antes de pronunciarse sobre la admisibilidad de la queja (art. 33, ley 402)”. Además, “la recurrente no brinda ninguna razón que permita apartarse de la reiterada jurisprudencia de este Estrado según la cual la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido”. Los jueces Langhe y Otamendi coincidieron en que “la parte recurrente no expone argumento alguno sobre la magnitud y/o carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, que permitan hacer excepción a la regla general”. El juez Lozano manifestó que “no muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, ni que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal”. En conclusión, el Tribunal rechaza la solicitud de suspensión y continúa con el trámite de la queja, en línea con la jurisprudencia que establece que la queja por recurso denegado no suspende el proceso salvo razones serias y justificadas.

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