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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARBERO, INES CARMEN CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deniega el recurso extraordinario federal del GCBA por falta de cuestión federal y fundamentación suficiente, confirmando la decisión anterior que rechazó la queja del GCBA contra la sentencia que denegó un recurso de inconstitucionalidad en empleo público.

Recurso extraordinario federal Remuneracion Relacion directa Empleo publico Profesionales de la salud Personal de enfermeria Cuestion no federal Adicionales de remuneracion Adicional por actividad critica


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal contra la decisión del 17 de abril de 2024 que rechazó su recurso de queja

¿Qué se resolvió?

Se deniega el recurso extraordinario federal

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los jueces señalaron que el recurso no plantea una cuestión federal de las exigidas por el art. 14 de la ley 48 y que la decisión del tribunal que rechazó la queja no contiene elementos que puedan considerarse una cuestión constitucional o federal que justifique la intervención del tribunal federal. Se resaltó que, según la doctrina de la CSJN, las decisiones que declaran la improcedencia de recursos de orden local son generalmente ajenas a la instancia extraordinaria federal. El recurrente alegó violaciones a derechos constitucionales (derecho de defensa, debido proceso, derechos laborales, principios de igualdad y legalidad), pero dichas objeciones remitían a la revisión de cuestiones de hecho y de interpretación normativa que son propias de los jueces de la causa. La invocación de arbitrariedad no fue suficiente para justificar la intervención del tribunal federal, ya que la doctrina establece que solo en casos de deficiencias lógicas o ausencia de fundamento normativo puede considerarse arbitrariedad. La alegación de gravedad institucional tampoco fue suficiente, pues no se demostró que el caso tenga efectos sobre la comunidad en general. La parte recurrente no cumplió con los recaudos procesales exigidos por la normativa de la CSJN, en particular, no refutó todos los fundamentos de la sentencia apelada ni demostró relación directa e inmediata entre las normas invocadas y lo decidido. Además, no transcribió toda la normativa citada ni especificó períodos de vigencia, en incumplimiento del reglamento. Por estas razones, el tribunal decidió denegar el recurso con costas al vencido.

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