METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó la solicitud de suspensión del proceso de Metrovías S.A. basada en la falta de demostración de perjuicio irreparable, confirmando la continuidad del trámite del recurso directo contra la resolución del Ente Regulador.
- Quién demanda: Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de Servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de suspensión del proceso de recurso directo sobre resolución que sancionó con multa de $74.239 por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en estaciones de la línea E de subte en septiembre de 2018.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la solicitud de suspensión del proceso, confirmando que la regla general es que la queja no suspende el trámite del recurso, salvo excepciones que no se acreditaron en el caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La parte recurrente ha peticionado que el Tribunal haga excepción a la regla según la cual la queja no suspende la ejecución de la decisión contra la que se interpuso el recurso de inconstitucionalidad (conforme art. 33, ley 402). Sin embargo, no muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, así como tampoco que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal, de prosperar sus planteos." Los jueces Otamendi y De Langhe señalaron que "la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende —por regla— el curso del proceso", y que para ello se requiere una razón seria que justifique la excepción. La jueza Ruiz añadió que "la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido", reiterando la jurisprudencia del Tribunal en casos similares. En consecuencia, el Tribunal decidió rechazar la solicitud de suspensión y continuar con el trámite de la queja.
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