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METROVIAS S.A. s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechaza la solicitud de suspensión del proceso presentada por Metrovías S.A. en el marco de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado. La decisión se fundamenta en que no se acreditaron razones serias que justifiquen la excepción a la regla de que la queja no suspende el curso del proceso, y que la parte recurrente no aportó argumentos convincentes para justificar la suspensión. La resolución continúa el trámite de la queja sin suspender el proceso.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


¿Quién es el actor?

Metrovías S.A.

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de Servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra la resolución nº 772/2017 del Ente Regulador, que sancionó a la demandante con multa de $7.015 por falta de funcionamiento de escaleras mecánicas y ascensores en estaciones de la línea H durante septiembre de 2015.
- Decisión del tribunal: Rechazo de la solicitud de suspensión del proceso, argumentando que la parte recurrente no aportó razones que justifiquen la excepción a la regla general. La sentencia señala: “La parte recurrente no expone argumento alguno sobre la magnitud y/o el carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, que permita hacer excepción a la regla general desarrollada en el párrafo anterior”. Además, el Tribunal confirma que la interposición de la queja no suspende el curso del proceso por regla general y que la solicitud de suspensión debe estar fundamentada en razones serias y concretas, las cuales no fueron acreditadas en este caso. La resolución continúa con el trámite de la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jurisprudencia reiterada del Tribunal establece que la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el proceso, salvo excepciones justificadas. La recurrente no presentó argumentos que justifiquen la excepción, por lo que procede el rechazo. La jueza Ruiz cita: “la falta de acreditación de razones que permitan hacer excepción a dicha regla conduce al rechazo del pedido”, y la doctrina del Tribunal en casos similares. El juez Lozano agrega que no se evidencian motivos suficientes para alterar la regla general, y que la medida solicitada no resulta indispensable.

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