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INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS NN, NN SOBRE 52 - HOSTIGAR, INTIMIDAR

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 19 en un incidente de incompentencia relacionado con hechos de hostigamiento y robo denunciados por una víctima. La decisión se fundamentó en que la declinación de competencia fue prematura y que la jurisdicción local debía intervenir, en línea con el precedente Bazán de la CSJN.

Hostigamiento Conflicto negativo de competencia Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia penal, contravencional y de faltas Contravenciones


¿Quién es el actor?

La damnificada, denunciante de hostigamiento, amenazas, sustracción de bienes y tentativa de ingreso forzado a su domicilio.

¿A quién se demanda?

Vecinos no identificados, presuntos hostigadores y autores de delitos relacionados.
- Objeto de la demanda: Cuestiones de competencia en relación a hechos delictivos presuntamente cometidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Decisión del tribunal: Se declara competente al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 19 y se remiten las actuaciones a dicho tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Los jueces coincidieron en que la declinación de competencia por parte del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 14 fue prematura, ya que la causa involucra hechos que, según la jurisprudencia, corresponden a la competencia de la justicia local. Se remiten a la jurisprudencia de la CSJN en "Bazán" (Fallos: 342:509), que establece que en conflictos entre magistrados con competencia no federal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe intervenir el Tribunal Superior de Justicia local. La fiscalía sostuvo que la investigación vinculaba delitos de usurpación y sustracción, ambos de competencia local, y que no existían obstáculos para continuar la investigación en la justicia local. La decisión se fundamenta en que la competencia del tribunal inferior fue prematura y que la jurisdicción local debe asumir la causa. La sentencia también señala que la resolución fue adoptada en el marco del Año del 30° Aniversario de la Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, en reconocimiento a la jurisdicción local.

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