KURPYAKOVA, YULIA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en KURPYAKOVA, YULIA CONTRA DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION DEL CONSUMIDOR SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DE DEFENSA AL CONSUMIDOR
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo rechazó la queja por falta de fundamentación suficiente y por no constituir un caso constitucional, confirmando la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad.
- Quién demanda: Yulia Kurpyakova
¿A quién se demanda?
Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) y otros actores en el expediente administrativo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La reparación del daño directo y daño punitivo derivado de la sanción por infracción a la Ley n° 941, y la vulneración de derechos constitucionales en la decisión administrativa y judicial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo hizo lugar parcialmente al recurso, reconociendo daño directo en algunos rubros, rechazando daño punitivo y las costas, y confirmando la resolución administrativa. La queja fue rechazada por la falta de una crítica concreta, desarrollada y fundada del auto denegatorio, y por no constituir un caso constitucional. La Sala I del Tribunal Superior de Justicia confirmó esta decisión, señalando que los agravios en torno a cuestiones de hecho y prueba no corresponden a análisis constitucional, y que la decisión de la Cámara no resulta arbitraria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza Alicia E. C. Ruiz sostuvo que la queja no contiene una crítica suficiente y concreta respecto a las razones por las que fue denegado el recurso de inconstitucionalidad, en línea con la doctrina que exige una fundamentación adecuada para este tipo de recurso. La Cámara de Apelaciones consideró que la parte actora no logró articular un caso constitucional ni demostrar la vulneración de derechos constitucionales, limitándose a cuestionar aspectos de hecho y prueba, lo cual no configura un caso de arbitrariedad o lesión constitucional. Los jueces Langhe, Otamendi e Weinberg reforzaron que la recurrente no logra conectar sus agravios con cláusulas constitucionales y que las cuestiones de fondo relativas a la reparación del daño y daño punitivo son propias de los jueces de mérito. El juez Lozano concluyó que la queja no rebate las razones del fallo y que los debates en torno a la interpretación de la ley 941 y la existencia del daño no corresponden a análisis constitucional, por lo cual debe ser rechazada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: