INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS CUELLO, CLAUDIO HORACIO SOBRE 71 QUINQUIES 1ER PÁRR - SUPLANTACIÓN DIGITAL DE IDENTIDAD
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 15 en un incidente de competencia relacionado con hechos de violencia de género. La decisión se fundamentó en la conexidad de los hechos y en la prioridad de un tratamiento unificado para garantizar una adecuada protección de la víctima.
Actor: La víctima, en el marco de una causa por violencia de género, hostigamiento y suplantación digital de identidad. Demandado: El imputado Claudio Cuello. Objeto: La protección de la víctima mediante medidas cautelares y la determinación del órgano competente para resolver en la causa. Decisión: Se declaró la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 15, considerando que los hechos constituyen un escenario de violencia de género que requiere un tratamiento integral y especializado, en línea con precedentes de la CSJN y la normativa local. La decisión se sustentó en que los hechos tienen un contexto de violencia que justifica la derivación a un tribunal que garantice una atención especializada y eficiente, en consonancia con la ley 26.485 y el interés superior de protección de la víctima.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los hechos que motivaron este incidente de competencia se encuadran dentro de un mismo contexto de violencia de género, doméstica o intrafamiliar. Este tipo de ilícitos presentan características específicas en tanto se prolongan a lo largo del tiempo, en el marco de una situación conflictiva continua, muchas veces cíclica, por lo cual resulta ineludible conocer las circunstancias que rodean las conductas típicas. En consecuencia, razones de mejor y más eficiente administración de justicia y la importancia de asegurar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos para la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres, tornan necesario que sea un único tribunal el que intervenga en todas las actuaciones." Además, el tribunal remarcó que: "cuando la contienda se produce entre magistrados con competencia no federal que ejercen su jurisdicción en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el Tribunal Superior de Justicia el órgano encargado de conocer tales conflictos, en línea con el precedente 'Bazán' (Fallos: 342:509)." La decisión fue unánime y se fundamentó en la necesidad de protección efectiva y especializada para la víctima, priorizando la unidad jurisdiccional en casos de violencia de género.
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