GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ECHEVARRIA, JOSE ALBERTO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE RECURSO DIRECTO DE REVISION POR CESANTIAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PUBLICOS (ART. 464 Y 465 CAYT)
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja del GCBA contra la denegación de su recurso de inconstitucionalidad por no tratarse de una sentencia definitiva. La resolución cautelar que concedió la medida no es susceptible de revisión por inconstitucionalidad, dado que no configura una sentencia definitiva ni un agravio irreparable.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (Por denegación del recurso de inconstitucionalidad)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la resolución interlocutoria de la Cámara que concedió una medida cautelar en el marco de un recurso de revisión por cesantías y exoneraciones de empleados policiales.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la queja del GCBA por no haberse demostrado que la resolución impugnada tenga carácter de sentencia definitiva o que genere un agravio de imposible reparación ulterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las resoluciones dictadas sobre medidas cautelares, ya sea que las acuerden, mantengan o denieguen, no son susceptibles de revisión por la vía del recurso de inconstitucionalidad, por no constituir sentencia definitiva, excepción hecha cuando la denegatoria produzca un agravio que será de tardía, insuficiente o imposible reparación ulterior, caso en el que corresponde equipararlas a sentencias definitivas" (cita doctrina). La presentación del GCBA no contiene un desarrollo argumental suficiente para demostrar el carácter definitivo de la resolución ni alegar un agravio irreparable. La invocación de arbitrariedad o violación de garantías constitucionales, sin la existencia de sentencia definitiva, no habilita la revisión. La jurisprudencia del Tribunal y de la Corte Suprema establece que las decisiones sobre medidas cautelares no son susceptibles de recurso de inconstitucionalidad a menos que se configure un agravio de carácter irreparable.
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