METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo rechazó la solicitud de suspensión del proceso planteada por Metrovías S.A. en un recurso de inconstitucionalidad denegado, confirmando la continuidad del trámite del recurso directo contra la resolución que la sancionó con multa.
¿Quién es el actor?
Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de Servicios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se suspenda el curso del proceso hasta resolver la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la solicitud de suspensión del proceso, sosteniendo que la interposición de la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende automáticamente el trámite del recurso y que la parte recurrente no aportó argumentos que justifiquen una excepción a dicha regla.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La doctrina reiterada del Tribunal indica que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el curso del proceso, salvo excepciones fundadas en argumentos serios que justifiquen la suspensión (art. 33, ley nº 402). La recurrente no expone argumento alguno sobre la magnitud o carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, por lo que la solicitud de suspensión debe ser rechazada. La jurisprudencia del Tribunal establece que en ausencia de razones que demuestren la necesidad de suspender el proceso, la petición debe ser desestimada. La jueza Alicia E. C. Ruiz remarca que la falta de justificación para apartarse de la regla genera el rechazo del pedido, en conformidad con precedentes del Tribunal. La decisión final es mantener el curso normal del proceso y continuar con el trámite de la queja.
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