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MARINI OSVALDO OSCAR CONTRA GCBA SOBRE REPETICION (ART. 457 CCAYT)

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo concede parcialmente el recurso de inconstitucionalidad del GCBA, declara la inconstitucionalidad de oficio de la norma que fija la tasa de interés en la resolución nº 4151/SHyF/03, y ordena la devolución del monto con intereses conforme a dicha norma. La decisión se fundamenta en que la parte actora no cuestionó en el proceso la normativa de intereses y que la declaración de inconstitucionalidad oficiosa vulneró el principio de congruencia y la defensa en juicio.

Tasas de interes Principio de congruencia Derecho de propiedad Arbitrariedad de sentencia Principio de legalidad Tributos Repeticion de impuestos Recurso de inconstitucionalidad Declaracion de inconstitucionalidad de oficio


- Quién demanda: Osvaldo Oscar Marini

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de suma abonada ($51.149,49), más intereses y costas, por pago indebido o sin causa en un proceso de ejecución fiscal, incluyendo intereses desde la fecha de pago y la devolución de honorarios por $50.152,56.

¿Qué se resolvió?

Se reconoce la inconstitucionalidad de oficio de la norma que regula los intereses en las acciones de repetición, ordenando la devolución con intereses según la normativa derogada (art. 516 del CC), y se rechazan los agravios relacionados con la tasa de interés, considerando que la parte actora no cuestionó esa normativa en el proceso. La sentencia también reprocha la actuación judicial que excedió los límites del debate y vulneró el principio de congruencia, ya que la parte no había planteado esa cuestión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La declaración de inconstitucionalidad de oficio es una herramienta excepcional que requiere cautela y debe respetar la congruencia procesal. La parte actora no cuestionó ni incorporó al debate la normativa de intereses aplicable, por lo que la sentencia que modificó la tasa sin que ello fuera planteado viola el principio de congruencia y la defensa en juicio. La norma vigente al momento era la resolución nº 4151/SHyF/2003, que establecía una tasa del 0,5% mensual, y la parte no cuestionó esa norma, por lo que no podía ser modificada de oficio por el tribunal. La sentencia que fijó intereses inferiores vulneró garantías constitucionales de igualdad y debido proceso, ya que concedió algo que la parte no había solicitado. La declaración de inconstitucionalidad de oficio requiere que la problemática esté incorporada en el debate, lo cual no ocurrió en este caso. La queja del GCBA fue denegada por insuficiente fundamentación, pues no se acreditó que la decisión de la Cámara fuera arbitraria o vulnerara derechos constitucionales.
- TIPO DE PROCESO: CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y DE RELACIONES DE CONSUMO

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