INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS SEIVANE, DANIEL ALEJANDRO s/ EXTORSIÓN s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 5 en el incidente de competencia en causa por extorsión y falsificación de instrumentos públicos. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia de la Corte Suprema y en la conveniencia de evitar duplicidad de procesos y contradicciones jurisdiccionales.
¿Quién es el actor?
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 5, que solicitó la declaración de competencia.
¿A quién se demanda?
Daniel Alejandro Seivane.
- Objeto de la demanda: Determinar qué tribunal debe intervenir en la causa por extorsión y falsificación de documentos, en circunstancias en que ambos juzgados (nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) se declaran incompetentes.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 5, en atención a la jurisprudencia de la Corte Suprema en “Bazán” y a la necesidad de unificar la jurisdicción para evitar contradicciones y dispendios procesales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza Alicia E. C. Ruiz recordó que, en virtud del precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), cuando hay conflicto entre juzgados con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior resolver. Agregó que la decisión del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 5 de remitir el incidente a este Tribunal es correcta y que la declaración de competencia busca garantizar un proceso más eficiente y evitar la duplicidad de actuaciones. El Fiscal Adjunto opinó que la declaración de competencia del juzgado nacional era conveniente para evitar contradicciones y dispendios procesales. La decisión se fundamenta en la necesidad de evitar la multiplicidad de procesos y responder a la interés de una administración de justicia eficiente.
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