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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SNR CONTRA MINISTERIO PUBLICO FISCAL SOBRE RECURSO DIRECTO DE REVISION POR CESANTIAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PUBLICOS (ART. 464 Y 465 CAYT)

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rechazó la solicitud de suspensión del proceso del Consejo de la Magistratura, argumentando que no se acreditaron razones excepcionales para apartarse de la regla general y que la falta de argumentos suficientes hace improcedente la suspensión.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CMCABA)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (TSJ CABA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se conceda la suspensión del trámite de la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado con efecto suspensivo, argumentando vulneración del principio de división de poderes y debido proceso.

¿Qué se resolvió?

El TSJ CABA rechazó la solicitud de suspensión, considerando que la parte recurrente no presentó argumentos suficientes que justifiquen la excepción a la regla general de que la queja por recurso denegado no suspende el proceso, y que no se evidencian perjuicios irreparables.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La doctrina reiterada del Tribunal señala que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el curso del proceso, salvo excepciones fundadas en perjuicios irreparables. La parte recurrente no expuso motivos que acrediten la magnitud o carácter irreparable del perjuicio, por lo que corresponde rechazar la solicitud. Los jueces citaron jurisprudencia que confirma que la falta de acreditación de razones para hacer excepción a la regla implica el rechazo del pedido. La jueza Ruiz agregó que la recurrente no brindó razones suficientes para apartarse de la jurisprudencia, que indica que la falta de argumentos justificados conduce al rechazo. El juez Lozano afirmó que no se evidencia que el recurso de inconstitucionalidad haya sido mal denegado ni que la medida sea indispensable para preservar efectos de una posible sentencia.

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