TRILLO, ENZO ANDRES s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en TRILLO, ENZO ANDRES SOBRE 189 BIS (2) - PORTACION DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL
La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires rechaza la queja contra la resolución que rechazó el recurso de queja por la denegatoria de un recurso de inconstitucionalidad, confirmando la decisión y remitiendo las actuaciones para la emisión del certificado de deuda.
¿Quién es el actor?
Enzo Andrés Trillo (imputado)
¿A quién se demanda?
Poder Judicial
- Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Recurso de queja contra la resolución que rechazó el recurso de inconstitucionalidad respecto del artículo 189 bis (2) del Código Penal, en el marco del proceso penal por portación de arma de fuego de uso civil.
- Decisión del tribunal: La Cámara rechazó la queja y confirmó la resolución que rechazó el recurso de inconstitucionalidad, considerando que la declaración de caducidad del beneficio de litigar sin gastos en favor del imputado estaba firme y que no corresponde exigir el depósito previsto en el art. 34 ley nº 402, remitiendo las actuaciones para emitir el certificado de deuda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se acreditó que la resolución que declaró la caducidad del beneficio de litigar sin gastos en favor del imputado se encontraba firme, por lo que no procedía exigir el depósito previsto en el art. 34 de la ley nº 402.
El tribunal remite las actuaciones a la Secretaría de Asuntos Generales para la emisión del certificado de deuda, en cumplimiento de la acordada nº 32/2010.
El juez Lozano manifestó que, siguiendo su voto en un expediente anterior, no corresponde exigir el depósito en estos casos.
- Montos/fechas relevantes:
Resolución del 1° de noviembre de 2023: rechazo del recurso de queja e intimación al depósito.
Información del 8 de noviembre de 2023: defensa informó sobre inicio de litigar sin gastos.
Resolución del 18 de abril de 2024: declaración de caducidad del beneficio y firmeza de la misma.
La sentencia se dicta en 2024, en el marco del 30° aniversario de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
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