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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS PERSONAL DE LA COMISARIA VECINAL 10-C DE LA POLICIA DE LA CIUDAD s/ SUSTRACCION Y DESTRUCCION MEDIOS DE PRUEBA Y DOC. s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió mantener la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 7 en un incidente de competencia en autos que involucraba delitos relacionados con sustracción y destrucción, rechazando el recurso de apelación interpuesto y confirmando la decisión de remitir la causa a dicho tribunal.

Funcionarios publicos Conflicto negativo de competencia Hurto agravado Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia penal, contravencional y de faltas Personal de la policia de la ciudad de buenos aires


- Quién demanda: La causa se origina en un incidente de competencia en el expediente TSJ 98580/2024-0, en autos relacionados con sustracción y destrucción.

¿A quién se demanda?

La disputa de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62 y el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 7.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La parte recurrente solicitaba que el incidente de competencia fuera resuelto a favor del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 62, alegando que la conducta investigada encuadraba en delitos de competencia federal y que la actuación del tribunal local no era adecuada.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia reafirmó la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 7, descartando la jurisdicción federal y rechazando el recurso de apelación presentado, confirmando la decisión de remitir la causa a dicho tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría de los jueces consideraron que, si bien la conducta podría encuadrar en delitos de competencia federal, la investigación inicial y el contexto del delito de sustracción de dinero por parte de personal policial en perjuicio de una persona detenida hacen prevalecer el interés local en la persecución y juzgamiento de ilícitos cometidos por funcionarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La jurisprudencia del tribunal y la doctrina de la Corte Suprema, en particular el precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), respaldan que en conflictos de competencia entre tribunales de la Ciudad, corresponde al Tribunal Superior de Justicia dirimir la contienda. La decisión de remitir el incidente al tribunal competente fue adoptada por mayoría, considerando que la competencia del tribunal local está fundada en la naturaleza del hecho y en la investigación en curso. Los votos disidentes señalaron que la conducta investigada podría involucrar delitos de competencia federal, pero en el caso, la investigación y los hechos iniciales justificaban la competencia del tribunal local, además de que la declinatoria prematura resultaba improcedente dado que aún no existía certeza sobre la existencia del dinero secuestrado.

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