INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS ARRUA, ANGEL CARLOS ALBERTO SOBRE 296 - USO DE DOCUMENTO O CERTIFICADO FALSO O ADULTERADO
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resuelve que el incidente de competencia en autos Arrua, Angel Carlos Alberto sobre 296 - Uso de documento falso o adulterado corresponde a la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 39, tras analizar las posiciones de las partes y la jurisprudencia aplicable.
¿Quién es el actor?
La causa se origina en una denuncia por el uso de un documento apócrifo (licencia de conducir).
¿A quién se demanda?
Angel Carlos Alberto Arrua.
- Objeto de la demanda: Determinar la competencia para investigar y juzgar el hecho de la supuesta falsificación y uso de documento falso.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 39.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces argumentan que, según el artículo 296 del Código Penal y los convenios internacionales, la competencia en casos de falsificación de documentos emitidos por autoridades de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires corresponde a la justicia nacional. La jueza Alicia E. C. Ruiz cita la jurisprudencia “Bazán”, y los demás jueces coinciden en que, dada la utilización del documento en la CABA y la incertidumbre sobre su origen, corresponde tramitar en la justicia federal, en línea con la doctrina de este Tribunal y la jurisprudencia relevante. La opinión del Fiscal General Adjunto refuerza esta decisión, respaldando que la competencia en estos casos debe ser de la justicia nacional si el documento fue utilizado en la ciudad sin confirmarse su origen provincial.
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